La "Constitución" del Imperio Romano

 



No debidamente valorada, resulta una de las normas históricas fundamentales del derecho público occidental


Por Luis R. Carranza Torres


Una tabla de bronce, actualmente en los Museos Capitolinos de Roma, contiene una de las normas fundamentales más trascedentes y más dejadas de lado en la historia: aquella que establece el imperio romano. O, más propiamente, la que delinea desde lo jurídico la magistratura más absoluta de aquella civilización: la del emperador.

La llamada Lex de Imperio Vespasiani, escrita en ella, confiere facultades de gobierno y privilegios a Vespasiano, en su carácter de Imperator CaesarAugustus, título que denominaría en adelante a los emperadores romanos. Es la formulación jurídica de Roma como imperio, luego de una centuria de avances, de facto, en tal sentido.

Por siglos, los romanos, sobre todo la parte más poderosa e ilustrada del patriciado, se había opuesto a la figura de un rey o emperador. Su vocación republicana no nacía del orgullo sino del conocimiento de lo delicado que puede ponerse la vida de todos cuando se confiere el poder a un solo hombre. Por ello, ninguna magistratura era única, salvo por la del dictador, de carácter extraordinario y transitorio. Pero mantener una república requiere de un esfuerzo conjunto y determinados valores cívicos de al menos gran parte de la sociedad. Y nada estaba más lejos de las rencillas de egos, las envidias y los egoísmos personales que habían jalonado su historia política.

La tradición de un hombre fuerte que gobernara la difícil Roma y se encargara del cada vez más complejo imperio había sido una constante desde Julio César en adelante. Augusto estableció, disimuladamente, bajo la figura «Princeps» o «primer ciudadano», un intermedio que salvaba las formas republicanas a la par deconferir un poder absoluto. Fue un interludio de tranquilidad institucional que luego no se recobraría con ninguno de sus sucesores. Cuando, a la caída de Nerón y su gobierno del terror, le siguió una guerra civil con cuatro generales declarándose emperadores, muchos entendieron que urgía regular el poder de un modo más claro y contundente; sin los disimulos de Augusto. El denominado «Año de los Cuatro Emperadores» mostró como nunca antes la debilidad de una estructura imperial de facto, asentada en la voluntad del propio emperador o las prácticas previas de sus antecesores.

Compartía dicha idea el triunfador de tal contienda civil, Tito Flavio Vespasiano, deseoso de legitimar desde el derecho el poder que había adquirido por la espada. Más cuando, dentro de esa Roma orgullosa de sus genealogías ilustres, su familia no procedía del patriciado ni emparentaba con nadie, sino que provenía del llamado «ordo equester», careciendo por tanto de antepasados en los que asentarse.

En rigor de verdad, con el dictado de la norma no se hizo más que formalizar un estado de cosas que ya se venía dando, buscando asegurar un poder fuerte y de cabeza única para el Estado, haciendo a un lado las viejas formas republicanas que ya no distraían a nadie.

Revela en su contenido, un escrupuloso desarrollo de las funciones imperiales: «….Que Vespasiano sea autorizado a hacer tratados con quien quiera (… )»Que pueda presidir el Senado, presentar o rechazar propuestas, votar senado-consultos por relatio o discessio, (…) Cuando por su voluntad, su autorización u orden el Senado celebre sesión sea ante su representante, sea ante él mismo, que tenga validez jurídica cuanto allí se decida y que se obedezca, como si el Senado hubiese sido convocado y hubiese actuado conforme a la ley».

No era una magistratura más ni sólo la más importante. Estaba por sobre las otras e incluso por sobre los comicios, ya que: «En relación con los candidatos a una magistratura o a un desempeño importante por su potestas o su imperium, o a una curatio, a los que él haya recomendado ante el Senado o el pueblo romano, o a los que haya dado o prometido su sufragio, que se les tenga en cuenta fuera del orden normal de las elecciones».

Su poder se extendía a lo sagrado, pudiendo restringir o aumentar los límites sagrados de Roma «cuando crea necesario hacerlo para el bien público». Se le otorgaba también: «Que posea el derecho y el poder de cumplir y hacer cuanto considere útil para el bien público y la majestad de las cosas divinas, humanas, públicas o privadas, en la misma medida en que este derecho ha sido reconocido al divino Augusto, Tiberio Julio César Augusto y Tiberio Claudio César Augusto Germánico. Que el emperador César Vespasiano sea dispensado de obedecer las leyes y plebiscitos de cuyo cumplimiento se eximió al divino Augusto, Tiberio Julio César Augusto y Tiberio Claudio César Augusto Germánico (…) Y que los actos ejecutados, los decretos dictados por el emperador César Vespasiano Augusto, sea por orden suya o por orden de uno de sus delegados antes de esta lexrogata, que sean tenidos conformes con el derecho y ratificados come si hubiesen sido realizados por orden del pueblo o de la plebe».

En definitiva, todo el poder iba a uno. La norma sirvió no sólo para delinear el rol de los emperadores en los siglos venideros sino para influir en el tiempo la de otros gobiernos autocráticos o hegemónicos. Por ejemplo y entre nosotros, en las «facultades extraordinarias» o la «suma del poder público» de Juan Manuel de Rosas durante su desempeño como gobernador de Buenos Aires durante la época federal.

Era la partida de defunción de una república occisa hacía ya tiempo. Nada garantizaba el texto respecto de la vida de los ciudadanos y quitaba poder a los comicios para darlo a un único individuo. Pero de peor o mejor forma, aseguró la supervivencia del imperio romano por varias centurias más en la historia.

Para leer más en el blog:

Los secretos de las gladiadoras





Los mosquitos y la grandeza de Roma






NOTICIA DEL AUTOR DE LA NOTA: Luis Carranza Torres nació en Córdoba, República Argentina. Es abogado y Doctor en Ciencias Jurídicas, profesor universitario y miembro de diversos asociaciones históricas y jurídicas. Ejerce su profesión y la docencia universitaria. Es autor de diversas obras jurídicas y de las novelas Yo Luis de Tejeda (1996), La sombra del caudillo (2001), Los laureles del olvido (2009), Secretos en Juicio (2013), Palabras Silenciadas (2015), El Juego de las Dudas (2016), Mujeres de Invierno (2017), Secretos de un Ausente (2018), Hijos de la Tormenta (2018), Náufragos en un Mundo Extraño (2019), Germánicus. El corazón de la espada (2020) y Germánicus. Entre Marte y Venus (2021). Ha recibido la mención especial del premio Joven Jurista de la Academia Nacional de Derecho (2001), el premio “Diez jóvenes sobresalientes del año”, por la Bolsa de Comercio de Córdoba (2004). En 2009, ganó el primer premio en el 1º concurso de literatura de aventuras “Historia de España”, en Cádiz y en 2015 Ganó la segunda II Edición del Premio Leer y Leer en el rubro novela de suspenso en Buenos Aires. En 2021 fue reconocido por su trayectoria en las letras como novelista y como autor de textos jurídicos por la Legislatura de la Provincia de Córdoba. 



Germanicus: El corazón de la espada
Novela histórica. 

Un guerrero en una encrucijada en la infinidad de caminos que conducen a Roma. Un hombre que no puede evitar desafiar al emperador, un militar que sabe que la espada está desprovista de intención, que el corazón de la espada es, en definitiva, el del que la maneja, quien resuelve, quien enfrenta su destino. En el siglo I d.C., durante el reinado de Domiciano, el imperio romano parece haber alcanzado dimensiones inconmensurables. Desde Asia Menor hasta Britania. En ese último confín, los romanos combaten a los bárbaros. En una de esas incursiones, comienza la encrucijada de Publio Valerio Aquilio, llamado Germanicus, un nombre que rechaza porque le parece una meta inalcanzable. A la sombra de un padre famoso, con responsabilidades que lo esperan en Roma, con una ambiciosa prometida que quiere hacer de él un césar, Publio encuentra el sosiego en el honor de la batalla, en la muerte honorable del enemigo. También en una aguerrida celta, esclavizada, que va a ser una gladiadora famosa, una mujer que va a tener a toda Roma a sus pies. En medio de una civilización refinada y cruel al mismo tiempo, capaz de las obras de arte e ingeniería más elevadas, pero también de hacer luchar a muerte a gladiadores, de arrojar a los incipientes cristianos a las fieras, Kendrya, la celta, y Publio se descubren en una encrucijada entre lo público y lo privado, lejos de las intrigas políticas y los deberes, un espacio oculto que los aleja de aquello que los oprime. Luis Carranza Torres ha escrito una novela ambiciosa, con una reconstrucción histórica precisa, que transporta al lector al lado de los personajes, casi como uno más en la historia.


Germanicus. Entre Marte y Venus
Novela histórica. 

Dos guerreros que toman caminos separados.
Dos amantes que se separan, que se pierden en los caminos que los alejan de Roma.
Amantes y guerreros, enfrentados por el lugar que cada uno ocupa en la sociedad,
que anhelan estar juntos sin que importe el mundo.
Entre Marte y Venus, en ese lugar imposible se libran todas las batallas.
Publio Valerio Aquilio, estrella ascendente del Senado romano, ha sido enviado a Germania por la ira del emperador que no quiere que nadie pueda hacerle sombra. Lo que para los demás es un exilio, para Publio se transforma en la búsqueda de su origen. Aunque pierda los encuentros secretos con Kendrya.
Kendrya, gladiadora celta que ha ganado la libertad, también escapa de Roma ante la imposibilidad de un lugar allí: no quiere seguir en las luchas en el Coliseo, no quiere más los encuentros clandestinos con Publio que, además, ha partido. Odia a Roma y a los romanos, por lo que asolar el Mediterráneo con actos de piratería le parece una buena forma de venganza.
Cada uno de ellos, guerreros y amantes, busca un destino al que aferrarse en un mundo convulsionado como una tormenta en medio del mar. Entre las sombras de un imperio decadente y las luces de una cultura, entre el despotismo imperial y la silenciosa revuelta, entre Marte y Venus, Kendrya y Publio libran una batalla imposible con ellos mismos.
Luis Carranza Torres retoma personajes y escenarios de Germanicus. El corazón de la espada en esta novela total sobre la Roma imperial, sobre las costumbres, la historia y la vida del siglo I d. C. 




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