Las reglas de un cónclave

 




Por Luis R. Carranza Torres

 

El término cónclave proviene del latín, significando “cum” (con) y “clavis” (llave). Es decir, “bajo llave”. Refiere a la reunión que celebra el Colegio Cardenalicio de la Iglesia Católica para elegir a un nuevo Papa, cargo que lleva aparejado no sólo ser la cabeza de dicha iglesia, sino también ser obispo de Roma, y soberano del Estado de la Ciudad del Vaticano. Este proceso ha sido refinado a lo largo de los siglos para garantizar una elección justa y libre de influencias externas.

En su forma actual, el cónclave data de finales del siglo XIII. Las normas para la elección del papa se han desarrollado a lo largo de casi dos milenios. Hasta la creación del Colegio Cardenalicio en el año 1059, los obispos de Roma no distaban en su elección de la forma practicada en otros lugares, siendo elegidos por aclamación del clero local y del pueblo.

El primer cónclave, con los cardenales encerrados para evitar cualquier presión externa tuvo lugar en el año 1241, con la elección de Celestino IV. Pero fue solo luego del ocurrido en 1268, tras la muerte del Papa Clemente IV, donde se perfeccionó como sistema. Dicha reunión en la ciudad de Viterbo, se extendió por casi tres años. Participaron inicialmente 20 cardenales, de los cuales varios murieron durante el prolongado proceso, marcado por intensas divisiones políticas entre facciones como los carolinos, que apoyaban un Papa francés, y los gibelinos, que preferían un pontífice vinculado al Sacro Imperio Romano Germánico.

La población de Viterbo, cansados de la interminable espera y enojados por el espectáculo de una Iglesia incapaz de tomar decisiones, liderados por el podestà Raniero Gatti, sellaron literalmente las puertas del Palacio Episcopal donde se alojaban los cardenales. Se redujeron las raciones de comida, se retiró el techo del palacio para exponer a los cardenales a las inclemencias del tiempo y se prohibió cualquier contacto con el exterior. Todo ello con la intención de acelerar la decisión.

Finalmente, el 1 de septiembre de 1271, los cardenales eligieron a Teobaldo Visconti, quien se convirtió en el papa Gregorio X. Se trataba de un electo impensado, un archidiácono de Lieja que no formaba parte del Colegio Cardenalicio y que, en ese momento, se encontraba en Tierra Santa como legado apostólico. Fue una solución de compromiso que apostó a un pontífice alejado de la política europea.

Este evento impulsó reformas en el procedimiento de elección papal, con la promulgación de la constitución apostólica Ubi periculum en 1274 por el nuevo Papa en el seno del Segundo Concilio de Lyon. Allí se institucionalizó formalmente el sistema del cónclave como lo conocemos hoy: encierro obligatorio, reducción progresiva de alimentos en caso de demora a partir del día cuarto y noveno, así como la imposibilidad de establecer contacto con el exterior.

Tal normativa siguió además en sus mecanismos electorales, los procedimientos de la elección de la Constitución de la Orden de Predicadores de 1228, así como de los municipios de Venecia de 1229 y Piacenza de 1233. También las reglas de la Iglesia del Décimo Sínodo Ecuménico, de 1139 que restringió la elección a los cardenales, así como la del undécimo Concilio Ecuménico que recogió la idea del Papa Alejandro III, profesor y doctrinario del Derecho Canónico antes de resultar pontífice, de requerír una mayoría de los dos tercios de los cardenales para elegir Papa.

En la primera elección en que se aplicó Ubi periculum en sólo un día se eligió papa, pero luego su aplicación fue suspendida y en las elecciones de 1277, 1280-1281, 1287-1288 y 1292-1294, se prolongaron las deliberaciones. Esto llevó al Papa Celestino V, un monje benedictino de vida ermitaña que no era cardenal al ser electo por aclamación, luego de un dos años y tres meses de sede vacante, a restablecer la regla del cónclave.

Bonifacio VIII, pontífice entre 1294 y 1303, incorporó "Ubi Periculum" al derecho canónico, fecha desde la cual todas las elecciones papales se han celebrado en cónclave.

Pío IV, mediante la bula «In Eligendis» de 1562, dispuso que la elección pudiera tener lugar dentro o fuera del cónclave, pero esto fue revocado por Gregorio XIII. Gregorio XV en su bula “Aeterni Patris Filius” de 1621 reguló al proceso con mayor detalle, manteniendo el requisito de una mayoría de dos tercios de los cardenales electores para elegir a un papa.

Es de destacar que hasta 1899 era una práctica habitual incluir a unos pocos miembros laicos en el Colegio Cardenalicio. A menudo se trataba de nobles importantes o de monjes que no eran sacerdotes y, en todos los casos, se establecía como requisito el celibato. Con la muerte de Teodolfo Mertel en 1899 se puso fin a esta práctica. Desde 1917, el Código de Derecho Canónico promulgado ese año establece explícitamente que todos los cardenales debían ser sacerdotes.

En la actualidad, la Constitución Apostólica “Universi Dominici Gregis” dada por el Papa Juan Pablo II el 22 de febrero de 1996 rige la elección, en la que se indica que los cardenales electores han de residir durante todo el tiempo del cónclave en la Ciudad del Vaticano y realizar los escrutinios en la Capilla Sixtina. Vino a reemplazar a la anterior sancionada por el Papa Pablo VI en el año 1975, “Romano Pontifici Eligendo”, que excluyó del derecho a participar en el cónclave a los cardenales que tuvieran 80 o más años. Algunas cuestiones del proceso fueron luego modificadas por dos motus proprius de Benedicto XVI.

Como puede verse, más allá de su aspecto espiritual y religioso, estamos ante uno de las normativas electorales más antiguas y elaboradas del mundo.

 

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SOBRE EL AUTOR DE LA NOTA: Luis Carranza Torres nació en Córdoba, República Argentina. Es abogado y Doctor en Ciencias Jurídicas, profesor universitario y miembro de diversas asociaciones históricas y jurídicas. Ejerce su profesión y la docencia universitaria. Es autor de diversas obras jurídicas y de las novelas Yo Luis de Tejeda (1996), La sombra del caudillo (2001), Los laureles del olvido (2009), Secretos en Juicio (2013), Palabras Silenciadas (2015), El Juego de las Dudas (2016), Mujeres de Invierno (2017), Secretos de un Ausente (2018), Hijos de la Tormenta (2018), Náufragos en un Mundo Extraño (2019), Germánicus. El Corazón de la Espada (2020), Germánicus. Entre Marte y Venus (2021), Los Extraños de Mayo (2022), La Traidora (2023) y Senderos de Odio (2024). Ha recibido la mención especial del premio Joven Jurista de la Academia Nacional de Derecho (2001), el premio “Diez jóvenes sobresalientes del año”, por la Bolsa de Comercio de Córdoba (2004). En 2009, ganó el primer premio en el 1º concurso de literatura de aventuras “Historia de España”, en Cádiz y en 2015 Ganó la segunda II Edición del Premio Leer y Leer en el rubro novela de suspenso en Buenos Aires. En 2021 fue reconocido por su trayectoria en las letras como novelista y como autor de textos jurídicos por la Legislatura de la Provincia de Córdoba.


Un territorio de frontera.
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San Carlos de Bariloche, a fines de 1922. Por entonces, un poblado en el territorio nacional de Río Negro junto al lago Nahuel Huapi, en Argentina. 
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Obediente de las leyes y los gobiernos hasta entonces, decide que ya es suficiente. Y ante las complicaciones que la resolución del caso tiene para el juez letrado y la policía local, hará justicia por mano propia. Pero aquellos que han destruido su vida tienen influencias poderosas al otro lado de la cordillera, en Chile. 
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Luis Carranza Torres ha escrito una novela de amor en tiempos de venganza, donde dar lugar a lo importante a veces queda relegado por el dolor.


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