Novelas, poemas malditos y patentes de corso

 





Por Luis R. Carranza Torres


Hay institutos jurídicos y actividades que no rigen en nuestros días pero que han dejado su huella, no poca, en la historia. Uno de ellos es el relativo a la actividad de corso.

No lo ha sido menos, su impacto en la literatura: quien no recuerda al personaje de Emilio di Rocanera, señor de Ventimiglia, más conocido en el caribe por el sobrenombre del Corsario Negro, que da el título a la obra. Uno de los mejores productos de la pluma de Emilio Salgari.

Salgari dedicaría dos novelas más a esa historia corsaria: La reina de los caribes y Yolanda, la hija del corsario negro.

Lord Byron, el "poeta maldito" por antonomasia, le dedicaría a la especie una de sus obras más conocidas, El Corsario.  Rebelde, orgulloso y comprometido con su tiempo, la noción del corso empalmaba a la perfección con su inclinación hacia los personajes desfavorecidos y marginados de la sociedad. Publicada en 1814, se trata de una de las poesías obras modelo de la corriente romántica. Iniciaba con los siguientes versos:

“Del negro abismo de la mar profunda

sobre las pardas ondas turbulentas,

son nuestros pensamientos como él, grandes;

es nuestro corazón libre, cual ellas”.

Dicha obra inspiró a Giuseppe Verdi para componer la música junto con el libreto en italiano de Francesco Maria Piave de la ópera en tres actos Il corsaro, estrenada el 25 de octubre de 1848 en el Teatro Grande de Trieste.

Mucho más cerca en el tiempo, el escritor español Arturo Pérez-Reverte publicó en 2006 como la sexta entrega de la saga del Capitán Alatriste, Corsarios de Levante. Una novela ambientada en uno de sus escenarios preferidos, el Mar Mediterráneo, con las constantes batallas navales entre los soldados españoles y los corsarios bereberes y turcos, en el tiempo del Siglo de Oro español. Las galeras cristianas, bajeles otomanos y el Tercio de Nápoles en todo su esplendor.



Dicho autor, además, ya venía con una columna periodística que se titulaba Patente de Corso, publicada en el suplemento dominical «XL Semanal». Recopilaría las escritas entre 1993 a 1998, en dicho último año, en un libro con ese mismo título.

Patrick O'Brian, en el volumen 12 de la serie “Aubrey y Maturin” tiene una novela de igual título: La patente de corso.

A ambas orillas del Río de la Plata se han escrito excelentes novelas sobre la temática. Del lado argentino, podemos citar a Bouchard, el corsario de una destacada pluma de la novela histórica como Eros Nicolas Siri, publicado en 1952 por Acme Agency en la colección Robin Hood. En ella se fricciona una epopeya naval nacional real: la circunnavegación del globo por la fragata “La Argentina” cuando Argentina se llamaba todavía Provincias Unidas de Sudamérica y contaba con solo un año de vida independiente.  


Otros libros de diversos autores han reflejado el hecho desde una perspectiva estrictamente histórica.

En la antigua “Banda Oriental” Alejandro Paternain escribió La cacería, publicada en 1994 por la Editorial Fin de Siglo, en donde se narra las peripecias y combates de una goleta corsaria uruguaya entre 1819 y 1821, durante la campaña naval de las invasiones portuguesas.

Aparecido en 2016, la La playa del irlandés de Elena Bargues es una novela de romance y espadas con el trasfondo histórico sobre los corsarios de la cornisa cantábrica durante el reinado del monarca español Felipe IV.

Etimológicamente, corso deriva del latín “cursus”, que significa “carrera”. Sobarzo, en su obra Régimen jurídico de alta mar, lo define como ‘‘la actividad bélica que un armador particular realiza contra los buques enemigos de su Estado y con un fin lucrativo, autorizado para ello por su propio gobierno mediante una patente de corso’’. A su vez, Michel Mollat du Jourdin expresa en su trabajo Europa y el mar que el corsario era ‘‘todo aquel que se armaba en el mar con la autorización del príncipe, contra los enemigos de este último, y dejaba a la autoridad del almirantazgo la facultad de legitimar o invalidar sus presas’’.

 En tal sentido, conforme el Diccionario de la Lengua Española, ‘‘patente de corso’’ resulta la ‘‘cédula o despacho con que el gobierno de un Estado autoriza a un sujeto para hacer el corso contra los enemigos de la nación’’.


  

Patente de corso española.

Es por ello que, en cuanto a su naturaleza y en palabras jurídicas, podemos enmarcarla como un acto administrativo unilateral, discrecional de la autoridad que implica respecto de su objeto un acto de suplencia de las funciones del Estado, que faculta al particular para el ejercicio del corso, actividad de represalia pública estatal llevado a cabo por privados autorizados respecto de las propiedades del enemigo. A tal fin, se los faculta para el uso de la fuerza pública en su grado más extremo, la fuerza armada, en nombre del Estado del caso y con aprovechamiento de lo que se capture conforme a derecho, resultado del cual la autoridad otorgante se lleva una parte determinada en la patente.

Siguiendo a Fernando Garrido Falla y su Tratado de derecho administrativo, con aportes de Zanobini y Giannini, entendemos que dicha suplencia de actividad del Estado no podría conceptualizarse como un “servicio público” porque la defensa no es tal sino una ‘‘función pública’’, es decir el ejercicio de una potestad pública como una esfera de la soberanía del Estado y no una simple actividad material, técnica o similar que pueden llevar a cabo los particulares para ayudar a la consecución de un fin público.

El otorgamiento de dicha patente implica, asimismo, en virtud de la facultad de uso de la fuerza armada, la equiparación del corsario y sus dependientes a calidades semejantes a las que tienen los miembros de las fuerzas militares del Estado, respecto de la observancia de las leyes de guerra y de su consideración en caso de captura por el enemigo.

Tal calidad de actuación pública y el sometimiento a un marco jurídico es lo que separa la actividad corsaria de la simple piratería, ocupación ilícita por su misma naturaleza.

Respecto del corsario, siguiendo el Diccionario razonado de Joaquín Escriche, dicha autorización resulta un “privilegio”, es decir una gracia o prerrogativa dada por la autoridad a una persona, liberándola de alguna carga o gravamen o confiriéndole algún derecho de que no gozan otros. En el caso de las patentes de corso, era esto último lo que se daba: otorgar al titular de la patente el derecho de emplear la fuerza contra los navíos enemigos y apropiarse de los objetos enemigos que capturara, y a no ser tratados como pirata. Se trata además de un privilegio personal porque se otorga a persona determinada y se agota en ésta, sin poder ser extendido a otros o heredado; asimismo, es temporal pues se extingue en el plazo dispuesto en la patente o al concluir las hostilidades del caso. Debía, además, ser afianzado a satisfacción de la autoridad en resguardo de la observancia de las regulaciones a que debía atenderse en su actividad.

La concesión de tales patentes fue la forma histórica de llenar el vacío “operativo” producto de la estatización de la guerra en la Edad Moderna, en los Estados que no contaban con fuerzas navales para llevarla a cabo; si bien su uso es anterior, pudiendo remontarlo a la Edad Media, pero no se trataba propiamente de patentes estatales propiamente dichas.

De hecho, en varias partes del mundo, incluida nuestra Latinoamérica durante el siglo XIX, la actividad corsaria fue la que dio inicio al desarrollo naval y al ulterior establecimiento de las marinas de guerra estatales.



En el particular de la República Argentina, glorias navales de la talla de Guillermo Brown o Hipólito Bouchard tomaron parte de expediciones corsarias. Hechos de trascendencia nacional como la circunnavegación del globo, el primer reconocimiento de la independencia argentina o la toma de posesión de las islas Malvinas en nombre del Gobierno argentino, fueron asimismo el producto de acciones corsarias.

Un detalle particular de nuestro pasado, no siempre muy tenido en consideración desde la historia, pero sí, de tanto en tanto, objeto de creación literaria.

Para seguir leyendo sobre historia en el blog:



Esa frágil actriz de cabello corto




Una época de romance, tecnología y espías


NOTICIA DEL AUTOR: Luis Carranza Torres nació en Córdoba, República Argentina. Es abogado y Doctor en Ciencias Jurídicas, profesor universitario y miembro de diversos asociaciones históricas y jurídicas. Ejerce su profesión y la docencia universitaria. Es autor de diversas obras jurídicas y de las novelas Yo Luis de Tejeda (1996), La sombra del caudillo (2001), Los laureles del olvido (2009), Secretos en Juicio (2013), Palabras Silenciadas (2015), El Juego de las Dudas (2016), Mujeres de Invierno (2017), Secretos de un Ausente (2018), Hijos de la Tormenta (2018), Náufragos en un Mundo Extraño (2019), Germánicus. El corazón de la espada (2020) y Germánicus. Entre Marte y Venus (2021). Ha recibido la mención especial del premio Joven Jurista de la Academia Nacional de Derecho (2001), el premio “Diez jóvenes sobresalientes del año”, por la Bolsa de Comercio de Córdoba (2004). En 2009, ganó el primer premio en el 1º concurso de literatura de aventuras “Historia de España”, en Cádiz y en 2015 Ganó la segunda II Edición del Premio Leer y Leer en el rubro novela de suspenso en Buenos Aires. En 2021 fue reconocido por su trayectoria en las letras como novelista y autor de textos jurídicos por la Legislatura de la Provincia de Córdoba.  





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