El juicio a "El amante de Lady Chatterley"



Por Luis Carranza Torres


Entre los flashes de los fotógrafos e iluminados por las primeras cámaras de la televisión, bajo el arco de entrada de los tribunales penales del “Old Bailey” en Londres, hicieron su ingreso ese 20 de octubre de 1960 las partes del juicio por obscenidad que la corona inglesa seguía contra la editorial Penguin Books, a fin de prohibir la pretensión de ésta de que se publicara en su versión original e íntegra, sin cortes en las escenas de la trama ni reemplazo de palabras vulgares, la novela de D.H. Laurence, El amante de Lady Chatterley.

Fue el juicio del año, en esa Inglaterra de 1960. Se juzgaba -nada menos- si la novela El amante de Lady Chatterley, escrita por David Herbert Richards Lawrence —“D.H. Lawrence” para los entendidos— tenía méritos literarios para ser publicada o, por el contrario, resultaba una “obra obscena” bajo los términos de la Obscene Publications Act, de 1959.

Una ley dictada por el parlamento británico el año anterior, que con la finalidad de asegurar el bien común —public good— y proteger a la literatura —protection of literature— prohibía la publicación en el Reino Unido de toda obra que incurriera en “obscenidades”. Reemplazaba, en pleno siglo XX a otra norma similar, aun más rígida.

Para evitar tal interdicción, debía superarse el test of obscenity, en los términos que se explicitaba en la primera sección de la norma. Era obsceno todo aquello con capacidad de impulsar a pervertir y corromper—“to tend to deprave and corrupt persons”—, pero la norma no definía qué entendía por perversión o corrupción. Por lo menos, en un paso adelante respecto a la norma que reemplazaba, aceptaba que se discutiera en un juicio especial si una obra tenía el “suficiente mérito literario” para escapar a dicha categoría prohibida.

Ello fue precisamente lo que hizo la editorial británica Penguin Books y su abogado, Michael Rubenstein, respecto de El amante de Lady Chatterley. El libro había visto la luz en Florencia en 1928, merced a una impresión privada del autor con la asistencia de Pino Orioli, y hasta entonces no se había editado una versión “sin expurgar” en el Reino Unido. Sólo un par de impresiones reemplazando el uso de palabras vulgares respecto del sexo y las partes íntimas de las personas por otras socialmente aceptadas.

Pero ése no era el único cuestionamiento de la obra ni tampoco, en rigor de verdad, el principal. Las verdaderas y no declaradas razones de su censura eran que el libro tocaba temas tan álgidos como los privilegios de la clase aristocrática, las condiciones de vida y labor de los obreros y esa costumbre inglesa de pasar por la vida reprimiéndose de cualquier manifestación instintiva, en particular las que conducen a los acogedores campos del placer.

El hilo principal de la trama tampoco ayudaba. Constance Chatterley se ha casado con un adinerado aristócrata en 1917. Pero sir Clifford poco después y, a causa de una herida sufrida durante su actuación en la Primera Guerra Mundial, queda paralítico e imposibilitado físicamente de tener cualquier tipo de relación íntima. Confinado a una silla de ruedas y retirados ambos a mansión campestre, Constance va a reemplazarlo -en lo concerniente al débito conyugal- por Oliver Mellors, el callado, vulgar, desinhibido y plebeyo guardabosque de las tierras de los Chatterley. No es tampoco una cuestión clásica de cuernos sino una relación mucho más compleja y tortuosa, ya que su marido es uno de los que la empuja a llevar adelante el asunto.


El autor y su obra


En 1959, aprovechando el 30º aniversario de la muerte de Lawrence, la editorial planeaba una reedición de toda su obra. E intentaban esta vez ser fieles a su lema publicitario de publicar textos «completos e íntegros». Un obstáculo a ello era que El amante de Lady Chatterley estaba prohibido de ser editado en su versión original e íntegra. Lo que definió la postura de la empresa al respecto, luego de innumerables discusiones, no fue un tema de libertad de expresión sino de mercado: los contadores hicieron números y descubrieron que el publicar la versión íntegra de El amante de Lady Chatterley, atento al auge de las publicaciones subidas de tono que experimentaba el mercado, iba a ser el negocio de la década.

En la preparación de la defensa se emplearon ocho semanas. No era para menos. Al otro costado de la sala, por la fiscalía, estaba uno de los pesos pesados en la materia de acusar y lograr condenas en juicio. Nada menos que John Mervyn Guthrie Griffith-Jones, el mimado jurídico del establishment. El fiscal más respectado e influyente de ese tiempo. Fruto del Eton College y estudiante destacado de leyes en el Trinity Hall en Cambridge, había servido en los Coldstream Guards, el regimiento de élite de la infantería de la guardia real durante la segunda guerra mundial, logrando nada menos que la Military Cross en 1943. Dos años después, fue uno de los fiscales principales de la acusación británica en los juicios de Nuremberg.

Pero la defensa se había tomado su tiempo para hacer los deberes: había escrito a más de 300 escritores, académicos, clérigos y otros personajes destacados de la cultura para prestar testimonio a favor de la obra.

Un juicio sobre la obsenidad

El “juicio de obscenidad” —“obscenity trial”— comenzó el 20 de octubre de 1960. Se actuó en la Central Criminal Court de Londres, denominada de ordinario “Old Bailey”, por la calle en que está situada. Una suerte de Tribunales II a la inglesa. Desde sus inicios, capturó el interés de casi todos.

Era también un duelo de personalidades conocidas en los estrados judiciales. Por la defensa, el muy astuto abogado del derecho de autor, Michael Rubenstein. Por la fiscalía, nada menos que John Griffith-Jones, un aristócrata, héroe de la Segunda Guerra Mundial, quien había sido uno de los acusadores destacados por Gran Bretaña en los juicios de Nuremberg.

La “Obscene Publications Act”, de 1959, bajo cuyos términos se sustanciaba el proceso, permitía el testimonio de “expertos” a los efectos de demostrar una prohibición injustificada. Y ya que la definición de quien era “experto” era más que vaga, Rubinstein se aprovechó de ello para citar en calidad de testigos de la defensa a 35 personas. También “llamó en reserva” -“called in reserve”, una suerte de banco de suplentes- a personalidades de la cultura como Iris Murdoch, el premio Nobel T. S. Eliot y Aldous Huxley.


La obra había sido escrita 32 años antes y su autor había muerto hacía ya de tres décadas, el 2 de marzo de 1930. El objetivo de la defensa era hacer primar los méritos literarios de la obra por sobre su uso de ocasionales expresiones vulgares respecto de prácticas sexuales o partes del cuerpo humano. Para la fiscalía debía defenderse su obscenidad, considerándolo un libelo procaz que abundaba en lujo de detalles sobre cómo una aristócrata se acuesta con el guardaparques plebeyo de su residencia.

Por el sitial de testigos desfilaron algunas de las personalidades de la cultura más conocidas de su tiempo, como el escritor Edward Morgan Forster, la crítica literaria y académica Helen Gardner, el sociólogo y especialista en literatura Richard Hoggart, el profesor de arte dramático y sociólogo Raymond Williams y el jurista Norman St. John-Stevas, autor de la obra Obscenity and the Law, aparecida en 1956, por citar sólo algunos. Otros se negaron a defender la obra, como por ejemplo Robert Graves, quien al rechazar el ofrecimiento le escribió a Rubinstein que “no se le ocurriría jamás colocar en su biblioteca un libro de Lawrence”.

A más de los testimonios, durante el juicio se leyeron, a pedido de la fiscalía, las partes supuestamente más lascivas del libro, en tanto un abogado de la corona llevaba la cuenta precisa de cada palabra que se considerara obscena, esas «impublicables palabras de cuatro letras» que referían al sexo, en opinión del fiscal.

En sus alegatos, la defensa apeló al mérito literario y a la libertad de expresión y pensamiento. En tanto que la fiscalía remató su discurso con las siguientes preguntas a los jurados: «¿Aprobarían ustedes el que sus hijos o sus hijas -porque las chicas saben leer tan bien como los chicos- leyesen este libro? ¿Es acaso un libro que ustedes dejarían en cualquier rincón de sus casas? ¿O qué desearían que leyesen sus esposas o sus sirvientes?».

Quedó en claro, entonces, que la prohibición no era otra cosa que un capricho propio de una moral del tiempo victoriano. El 2 de noviembre el jurado emitió su veredicto de “no culpable”, allanando de tal forma el camino para su venta al público.

Ocho días más tarde, el 10 de noviembre, fue el primer día de oferta al público de la obra. La mayor tienda de libros de Londres por ese tiempo, W&G Foyle Ltd, vendió sus 300 copias en sólo 15 minutos. Unas 400 personas, hombres mayoritariamente, habían estado aguardando la apertura del negocio para adquirir la novela. Su competencia, la librería Hatchards, en la zona de Piccadilly, vendió una existencia similar en 40 minutos y tomó luego encargos por varios cientos de ejemplares. En Selfridges desaparecieron también en minutos sus 250 copias y, según su gerente, “podríamos haber vendido 10.000 si las hubiéramos tenido”. El fiscal John Mervyn Guthrie Griffith-Jones no sólo había fallado al interpretar la ley. También se había equivocado por completo en interpretar los sentimientos del británico común. En total se vendieron más de dos millones de ejemplares.

En la segunda edición, al siguiente año, Penguin Books incluyó una poco común dedicatoria de la editorial, en los siguientes términos: “Por haber publicado este libro, Penguin Books fue enjuiciada bajo los términos de la Obscene Publications Act, 1959 en los tribunales de Old Bailey en Londres, desde el 20 de octubre al 2 de noviembre de 1960. Esta edición está dedicada a los doce jurados, tres mujeres y nueve hombres, quienes con su veredicto de “no culpable” hicieron posible que la última novela de D.H. Lawrence pudiera por primera vez estar a disposición de los lectores del Reino Unido”.

No pocas veces en la historia del Derecho existieron leyes supuestamente moralizadoras, mucho más obscenas que aquello que declamaban combatir. Éste fue uno de tales casos.

Pero no fue la última noticia respecto del pleito. En el año 2018 el ejemplar en rústica de la novela utilizado por el juez durante el proceso salió a subasta con un precio de venta estimado en 15,000 libras (20,000 dólares) en la casa Sotheby’s.

El texto se puso a la venta por subasta acompañado de un bolso de raso color de damasco bordado a mano por Dorothy Byrne, la esposa del juez Lawrence Byrne, para que los fotógrafos de prensa no tomaran la imagen del magistrado con el libro en la mano y una una hoja de papel con apuntes de Dorothy Byrne sobre los pasajes más explícitos del libro, con términos descriptivos como “hacer el amor” y “grosero” y el respectivo número de página para su marido. Se ve que el juez no leyó el libro sobre el que juzgó. Claro que tampoco en el sistema del common law tenía la misión de resolver sobre la culpabilidad o no, misión que pertenecía al jurado. 

Llevada a cabo la subasta el 30 de octubre de 2018, fue adquirido por 56.250 libras esterlinas (72.000 dólares), más del triple del precio de venta estimado.

No cabe sino concluir que no poco de lo relativo al proceso más famoso de 1960, por lo visto, ha pasado de lo jurídico al mundo de las antigüedades y souvenirs.  


Para leer más en el blog:


Un amor rebelde en una época convulsa


El sentido profundo de la Scaloneta


Los Lobos del Atlántico


Constanza y la botadura del Bismarck






SOBRE EL AUTOR DE LA NOTA: Luis Carranza Torres nació en Córdoba, República Argentina. Es abogado y Doctor en Ciencias Jurídicas, profesor universitario y miembro de diversos asociaciones históricas y jurídicas. Ejerce su profesión y la docencia universitaria. Es autor de diversas obras jurídicas y de las novelas Yo Luis de Tejeda (1996), La sombra del caudillo (2001), Los laureles del olvido (2009), Secretos en Juicio (2013), Palabras Silenciadas (2015), El Juego de las Dudas (2016), Mujeres de Invierno (2017), Secretos de un Ausente (2018), Hijos de la Tormenta (2018), Náufragos en un Mundo Extraño (2019), Germánicus. El corazón de la espada (2020), Germánicus. Entre Marte y Venus (2021) y Los extraños de mayo (2022). Ha recibido la mención especial del premio Joven Jurista de la Academia Nacional de Derecho (2001), el premio “Diez jóvenes sobresalientes del año”, por la Bolsa de Comercio de Córdoba (2004). En 2009, ganó el primer premio en el 1º concurso de literatura de aventuras “Historia de España”, en Cádiz y en 2015 Ganó la segunda II Edición del Premio Leer y Leer en el rubro novela de suspenso en Buenos Aires. En 2021 fue reconocido por su trayectoria en las letras como novelista y como autor de textos jurídicos por la Legislatura de la Provincia de Córdoba.


 

Lo más leído

Imagen

La foto del 2 de abril

Imagen

La leyenda del Halcón