Esos raros peinados nuevos

 


por Luis Carranza Torres

“Si me gustan las canciones de amor/Y me gustan esos raros peinados nuevos/Ya no quiero criticar/Solo quiero ser un enfermero” expresaba parte de la letra de la canción de Charly García de 1984 “Raros peinados nuevos”.

El zoólogo y etólogo británico Desmond Morris, en su libro Bodywatching, dedica una sección extensa a la cabeza y el cabello, analizando su inmensa importancia cultural y simbólica desde una perspectiva evolutiva y social. Allí dicho autor argumenta que el cabello no solo es una característica biológica, sino quizás la parte del cuerpo humano que está sujeta a la gama más increíble de variaciones y significados culturales.

Enumeramos algos de ellos: indicador visual; señal social, de salud y estética; símbolo de sexualidad y atracción, por citar solo algunas. 

Morris concluye que la cabeza es la única parte del cuerpo que ha estado sujeta a una gama tan increíble de variaciones culturales. Que el cabello se haya sido modificado, en el largo, forma y color de miles de maneras diferentes, a lo largo de todas las culturas humanas en el tiempo, demuestra esa “fascinación”, dada en gran parte por valor comunicativo no verbal en el tapiz de las relaciones humanas. De allí que Morris, entienda que el cabello no es simplemente un adorno, sino un lienzo biológico cargado de una densidad simbólica que comunica al mundo la salud, la sexualidad, el estatus y la pertenencia cultural de un individuo.

Y si de cultura hablamos, el derecho no puede estar ausente. Quizás la más moderna manifestación legal compatible con la hipótesis de Morris, resulten las leyes de protección del cabello en Estados Unidos.

Adoptadas bajo la denominación de “CROWN Act”, abreviatura de “Creating a Respectful and Open World for Natural Hair”, se trata de leyes que intentan prevenir la discriminación respecto del cabello. La primera de ellas se promulgó en el estado de California el 3 de julio de 2019, impulsada por la senadora estatal Holly J. Mitchell. Prohíbe la discriminación laboral y escolar basada en estilos de cabello naturales o no tales como trenzas, twists, rastas (locs) y afros. 

En ese mismo año, los estados de Nueva York, Nueva Jersey y Delaware dictaron leyes similares. Al presente, 25 estados tienen este tipo de norma. En Arizona y Kentucky se implementaron mediante orden ejecutiva del gobernador en lugar de una ley aprobada por la legislatura. Además, muchas ciudades y condados de EE. UU. como Filadelfia, Cincinnati o el Distrito de Columbia han aprobado sus propias ordenanzas locales para combatir la “discriminación capilar”, sobre todo si el estado aún no ha adoptado la ley.

La CROWN Act enmienda la Ley de Derechos Civiles y la Ley de Derechos Humanos para dejar claro que la discriminación basada en llevar el cabello de una manera o con un estilo determinado es una forma de discriminación racial. 

En el ámbito laboral no puede negarse a contratar o despedir a una persona por ello, pero la norma no alcanza a la denominada "cláusula de apariencia" (Appearance Clause) por la cual una persona específicamente se sujeta a determinadas reglas sobre como lucir a cambio de una contraprestación económica. 

En el pasado, específicamente en la década de 1980 y en Nueva York hubo casos de despido de modelos por sus agencias por cortarse el cabello sin requerir una autorización previa, aun cuando no estaba estipulado de forma expresa en su contrato laboral, por entenderlo un elemento natural del mismo por tratarse de activo comercial y un bien que explotaban comercialmente como parte de la imagen (Asset).

En la industria del fashion, el cabello es un activo innegable. Quizás uno de los ejemplos de este poder de generar negocios fue el caso de la supermodelo Linda Evangelista que saltó a la fama global cuando Julien DY’s le cortó, muy corto, su abundante cabellera rizada. Apareció en Cosmopolitan, fue retratada por Irving Penn y luego todo explotó dejándola en la cima de la fama.

En cuanto a los tribunales, el caso de mayor envergadura individual en el rubro no se ha dado en Estados Unidos ni Europa, sino en India. No se encuadra tampoco dentro de un acto discriminatorio, sino de derecho de daños nacido de un error lamentable.

El incidente ocurrió en 2018 en un salón de belleza de un hotel de lujo en Nueva Delhi donde Aashna Roy, quien trabajaba como modelo publicitaria y actriz, específicamente para anuncios de productos para el cabello, solicitó un corte de cabello clásico de 10 centímetros. La peluquera se confundió y cortó el cabello drásticamente, dejando solo 10 centímetros de longitud total. Algo radicalmente diferente a su pedido y que cambiaba su imagen notablemente. 

El caso fue llevado a la Comisión Nacional de Resolución de Disputas de los Consumidores, un tribunal de consumo que maneja quejas sobre negligencia y servicios defectuosos. Roy alegó además del daño físico y emocional, la pérdida de la capacidad de generar ingresos y el daño a su carrera. El fallo fue a su favor, condenando al salón a pagar una indemnización de 20 millones de rupias, aproximadamente 271.000 dólares.

Tal resolución se apeló y el caso llegó en febrero de 2023 a la Corte Suprema de la India, que no innovó sobre el fondo del asunto pero sí morigeró la compensación. 

También el tópico ha dado para acciones colectivas. La más cuantiosa de estas se trata del Caso Brazilian Blowout. contra el fabricante del producto Brazilian Blowout, que prometía un alisado sin formaldehído. Consumidores y estilistas afectados presentaron una class action lawsuit que alegaba que el producto en realidad contenía altos niveles de formaldehído, causando problemas respiratorios, irritación y, en algunos casos, pérdida de cabello a los clientes y estilistas. El caso se cerró en 2013 con un acuerdo de $4.5 millones y reembolso de gastos médicos. 

Como puede verse, el cabello es pródigo en proyecciones jurídicas. 



Para leer más en el blog:


 El eterno errante





SOBRE EL AUTOR DE LA NOTA: Luis Carranza Torres nació en Córdoba, República Argentina. Es abogado y Doctor en Ciencias Jurídicas, profesor universitario y miembro de diversas asociaciones históricas y jurídicas. Ejerce su profesión y la docencia universitaria. Es autor de diversas obras jurídicas y de las novelas Yo Luis de Tejeda (1996), La sombra del caudillo (2001), Los laureles del olvido (2009), Secretos en Juicio (2013), Palabras Silenciadas (2015), El Juego de las Dudas (2016), Mujeres de Invierno (2017), Secretos de un Ausente (2018), Hijos de la Tormenta (2018), Náufragos en un Mundo Extraño (2019), Germánicus. El Corazón de la Espada (2020), Germánicus. Entre Marte y Venus (2021), Los Extraños de Mayo (2022), La Traidora (2023), Senderos de Odio (2024) y Vientos de Libertad (2025). Ha recibido la mención especial del premio Joven Jurista de la Academia Nacional de Derecho (2001), el premio “Diez jóvenes sobresalientes del año”, por la Bolsa de Comercio de Córdoba (2004). En 2009, ganó el primer premio en el 1º concurso de literatura de aventuras “Historia de España”, en Cádiz y en 2015 Ganó la segunda II Edición del Premio Leer y Leer en el rubro novela de suspenso en Buenos Aires. En 2021 fue reconocido por su trayectoria en las letras como novelista y como autor de textos jurídicos por la Legislatura de la Provincia de Córdoba.





Una mujer humillada y desposeída.

La tentación de recuperarlo todo.

Un secreto vital que obtener tras la cordillera.

Un general con un desafío por cumplir: cruzar los Andes.

 

Provincias Unidas de Sudamérica, 1816. Las tierras del antiguo Virreinato del Río de la Plata han declarado su independencia de la corona española, en el peor de los momentos posibles. El nuevo país, libre pero cargado de dificultades y retos, apuesta a remontar sus derrotas en el Alto Perú, con el audaz plan de formar un nuevo ejército y cruzar la cordillera para batir a los realistas por el oeste.

En Chile, Sebastiana Núñez Gálvez ha visto desbarrancar su mundo de lujos, pero también de oscuridades, tras la reconquista realista del país. Ajusticiado su esposo por liderar el bando patriota y confiscados todos sus bienes, malvive en la extrema necesitad. Una falta de todo que la ha hecho abjurar de cualquier creencia y hasta de su reputación, para conseguir subsistir.

El Mariscal español Marco del Pont lo sabe perfectamente, y le ofrece devolverle todas sus posesiones y alcurnia, a cambio de pasar a Mendoza y obtener el secreto mejor guardado del Gobernador de Cuyo y General en jefe de ese nuevo ejército, José de San Martín: por dónde pasarán sus tropas a Chile.

Sebastiana es una mujer decidida a todo para averiguarlo; apuesta para lograrlo a su antiguo y fuerte vínculo de amistad con la esposa del gobernador y General en jefe, Remedios de Escalada. No le importa tener que mentir, engañar o traicionar viejas lealtades.

Pero la imprevista relación con un oficial de granaderos trastocará sus planes. Alguien que, precisamente, debe mantener a los secretos de su jefe a salvo de los espías realistas. 




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