El prompting jurídico
por Luis Carranza Torres
El prompting es el proceso de diseñar y suministrar
instrucciones específicas (denominadas prompts) a un modelo de Inteligencia
Artificial para obtener un resultado determinado.
En lo central, es la técnica de estructurar estímulos
lingüísticos (texto, código o datos) que actúan como parámetros de entrada para
una IA generativa. Estos estímulos activan patrones específicos dentro de la
arquitectura del modelo, orientando su capacidad de procesamiento hacia un
objetivo, tono y formato particulares.
Dicha palabra del idioma inglés deriva del latín
«promptus», que significaba dispuesto, preparado, inmediato. En tecnología
resulta una consigna, instrucción o señal que se le da a un sistema para que
realice una tarea. Antiguamente era primero en el teatro y luego en la
televisión, el "pie" o la señal que se le daba a un actor cuando
olvidaba su línea.
No es menor su empleo en el presente, para una
variedad de objetivos. Y en cuanto al derecho, para la creación de escritos de
calidad. Una tarea que exige en su realización, entre otras cuestiones, empatía
y contexto, algo que la IA aún no posee y que solo un operador jurídico humano
puede brindar con perspectivas de éxito.
Asoma en su empleo, una nueva forma de redacción en
cuanto a escribir derecho, el cual no es sino un desarrollo de otra ya
parcialmente digital.
Desde la adopción de programas de procesamiento de
textos, el escrito jurídico difícilmente se inicia de cero, como antes, con el
uso de la máquina de escribir. Ya no se transcribe de un modelo, sino que se lo
modifica un texto similar para adaptarlo a la nueva situación.
Con la irrupción de la IA el operador jurídico ya no
modifica, sino que instruye a la a la IA para
que elabore un escrito con determinadas características, de cara a una
situación jurídica determinada.
De tal forma, este modo particular de codificación
lingüística se convierte en una nueva habilidad de la escritura jurídica: la
capacidad de instruir a la máquina para que use el tecnolecto adecuado sin
perder el contacto con la realidad fáctica.
Desde la intersección del Derecho y la Teoría de la
Escritura, el prompting no es simplemente darle instrucciones a una
máquina, sino un ejercicio de arquitectura del lenguaje. Se trata de poder
describir una estrategia jurídica en un sistema de comandos lógicos que la
Inteligencia Artificial pueda procesar para generar piezas procesales
coherentes.
De allí que podamos definir el prompting jurídico
como la técnica de programación lingüística aplicada a la generación de
documentos legales.
En tal sentido, para que cualquier prompt
funcione —especialmente en el ámbito académico o profesional— debe primeramente
definirse quién "habla". No es lo mismo pedirle a la IA que escriba
"como un estudiante" que "como un experto en Derecho
Administrativo con 30 años de experiencia". El rol determina el tono, el
vocabulario técnico y la profundidad del análisis.
En pocas cuestiones la formulación del prompt para
el manejo de la AI generativa es más vital que en brindar el contexto, ya que dichos
sistemas automatizados no conocen el expediente ni el conflicto. En el prompt
deben proveerse por tanto los hechos, las normas aplicables y el objetivo del
escrito.
También, se debe describir el formato para el output.
En otras palabras, especificar la estructura del escrito del caso. La
pluralidad y diversidad de formas jurídicas (v.g. demandas, dictámenes,
artículos de divulgación, entre otros) y la existencia de diversos recaudos
formales en no pocas de ellas, hace que deba serse especialmente detallado
respecto a este punto, en el cual se aplicarán los conceptos de género
discursivo, reglamentos judiciales o administrativos y manuales de estilo.
Puede verse entonces que el prompting no
reemplaza el conocimiento jurídico personal; solo lo potencia. Es la transición
de ser un "escritor manual" a ser un "creador y editor de textos".
Rol en el que solo aquél que entienda con cierto nivel de profundidad las
estructuras y categorías del derecho, así como la lógica de la lengua, podrá redactar
un buen prompt.
Como podemos ver, en la era de la digitalización, todo
apunta a que la escritura jurídica será híbrida: IA para la estructura y la
actividad humana para la estrategia.
En tal orden de ideas, la organización de datos,
cálculos, arreglos de márgenes y edición de párrafos, cuestiones mayormente
formales como datos de individualización del expediente y constitución de
domicilios o a quien se dirige el texto, estarán en manos de la IA. La
corrección, supervisión y personalización del texto, seguirá siendo humana.
Es claro por tanto que la Inteligencia Artificial no
reemplaza al abogado como traductor cultural, sino que lo obliga a ser un
"editor jefe" de su propio lenguaje. El peligro no es que la IA
escriba como un abogado, sino que el abogado empiece a pensar de forma tan rígida
y algorítmica como la máquina, olvidando que el lenguaje jurídico, en última
instancia, trata sobre vidas humanas y presenta en cada caso cuestiones
particulares.
Por eso en esta era
híbrida, el operador jurídico no es ni puede llegar a ser un simple validador
de textos automatizados, sino quien otorga sentido al escrito. La IA puede aportar
la potencia del algoritmo en cuando al tecnolecto, pero solo un conocedor del
derecho es quien puede garantizar que ese resultado se corresponda con justicia
necesaria a la realidad humana del caso.
Para leer más sobre derecho en el blog.
Estructura y secuencia en el proceso abreviado laboral en Córdoba
La digitalización administrativa
Oralidad laboral e Inteligencia Artificial
El entorno digital en las plataformas procesales
Noticia del autor de la nota: Abogado (U.N.C.). Profesor con orientación en Derecho. Doctor en Ciencias Jurídicas (U.C.A.). Especialista en Derecho Aeronáutico y Espacial. Especialista en Derecho de los Conflictos Armados y Derecho Internacional Humanitario. Docente universitario de grado y postgrado. Autor de una veinte de textos sobre derecho público y procesal. Miembro del Instituto de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba. Miembro del Instituto de Historia del Derecho y de las Ideas Políticas Roberto Peña de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba. Mención Especial premio “Joven Jurista 2001” de la Academia de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba. Premio "Diez Jóvenes Sobresalientes del año” de la Bolsa de Comercio de Córdoba (2004). Distinción “Reconocimiento docente”, E.S.G.A, 2005. Reconocimiento al desempeño y dedicación, Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados de Córdoba, 2013. Reconocimiento a la trayectoria en las letras y como autor de textos jurídicos por la Legislatura de la Provincia de Córdoba, 2021.










